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title: "Nuevas Medidas en LA CUMBRE"
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description: "Las disposiciones que regirán desde las 0hs del sábado 1 de mayo hasta las 24hs del viernes 21 de mayo, y a las que el Municipio de La Cumbre adhiere a través del Decreto Municipal 43/2021 son"
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date_published: "2021-04-30T18:33:00-03:00"
date_modified: "2021-04-30T18:37:29-03:00"
author_name: "Claudia Cepeda"
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category_name: "Sociedad"
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# Nuevas Medidas en LA CUMBRE

![FB_IMG_1619818256033](/download/multimedia.miniatura.9ab04c78373bd532.46425f494d475f313631393831383235363033335f6d696e6961747572612e6a7067.jpg)

📌Autorizase la circulación de personas que tengan fines justificados entre las 23:00hs y las 6:00hs. de lunes a viernes y de 00:00 hs. a 6:00 hs. para sábados, domingos y feriados.

📌Se suspenden las actividades y reuniones sociales y/o familiares de más de diez (10) personas en domicilios particulares.

📌Las actividades escolares se mantendrán sin modificaciones, debiendo extremar las autoridades de la comunidad educativa el estricto cumplimiento de los protocolos vigentes.

📌Las actividades comerciales no esenciales, centros comerciales y galerías deberán funcionar entre las 09:00hs y las 21:00hs.

📌Los bares, restaurantes, polos y paseos gastronómicos deberán permanecer cerrados entre las 23:00hs hasta las 06:00hs. de lunes a viernes, y desde las 00:00hs hasta las 06:00hs. los sábados, domingos y feriados.

📌Los salones de eventos infantiles continúan bajo cumplimiento estricto de los protocolos vigentes, asimismo, los salones de fiestas o eventos, cumpliendo las restricciones horarias y los protocolos existentes, podrán tener un aforo máximo del 30% de la capacidad habilitada

📌Los parques públicos podrán permanecer abiertos, debiendo inhabilitarse las estaciones de gimnasia y juegos infantiles.

📌Los gimnasios podrán funcionar desde las 07:00hs hasta las 22:00hs.

📌Quedan suspendidas las competencias deportivas de ligas amateurs y eventos deportivos de todo tipo en el territorio provincial.

📌En nuestra localidad continúa vigente la prohibición de realizar espectáculos musicales.

📌Todas las actividades no mencionadas en el Acta, continúan habilitadas siguiendo estrictamente los protocolos sanitarios vigentes y oportunamente informados por este Municipio

📌Se deberán respetar rigurosamente los espacios del comercio cumpliendo con la cantidad de personas autorizadas oportunamente por el Area de Bromatología del Municipio

📌Todo tipo de espectáculo musical se encuentra totalmente prohibido, tanto en   
espacio abierto como cerrado

📌El personal de Seguridad Ciudadana está autorizado a ingresar al establecimiento para control, las veces que considere necesario  
Cabe destacar que todas estas disposiciones han sido dispuestas priorizando la presencialidad de la educación y en consenso con las Cámaras empresarias y de comercio.

Claudia Cepeda   
Www.lanomina.com.ar

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